DEPARTAMENTO JURíDICO DE SEPíN LABORAL Y SEGURIDAD
Nuestro régimen jurídico regula la no discriminación en las relaciones laborales en el art. 17 de nuestro Estatuto de los Trabajadores. Y, a pesar de que ya en el art. 14 de nuestra Constitución se proclama el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, esta situación sigue siendo una auténtica asignatura pendiente, incluso a día de hoy. Partiendo de esta situación, recogemos, a través una selección de jurisprudencia, aquellos supuestos más comunes en que la mujer puede verse sometida a un trato más desfavorable o desigual en el ámbito laboral: acceso al empleo, conciliación de la vida laboral y familiar, contratación temporal, embarazo y maternidad, excedencia, extinción de contrato, modificación de condiciones, movilidad geográfica, medidas de uniformidad, período de prueba, prohibiciones de despido, promoción profesional, relaciones laborales especiales, representación de trabajadores, salarios.